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Ratificación de Firmas
Operación en cual un notario público hace constar que las personas que comparecen ante él acudieron a reconocer las firmas ya estampadas en cualquier documento y que aseguren que son de su autoría.
Esta operación notarial es frecuentemente llevada a cabo para darle certeza jurídica a documentos como contratos de arrendamiento, promesas de compraventa, reconocimientos de adeudo, compraventas entre otros.
Procedimiento general
1. Se realiza el pago total para agendar la cita de ratificación de firmas.
2. Se comparece a la notaría y se muestran indentificaciones vigentes. Para el caso de extranjeros es necesario exhibir su documento de residencia termporal o permanente. Para el caso de representantes legales, es necesario exhibir su poder.
3. Se lleva a cabo el llenado deL formulario de Datos Generales.
4. Se lleva a cabo la validación de parámetros biómetricos y validación de IFE/INE
5. Se firman los documentos por triplicado.
6. Se firma el acta notarial.
7. Entrega de testimonios de 24 a 48hrs.
Para conocer los requisitos completos, visite la sección de Formularios de nuestra página web.
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